Instrumentos y microestructura de mercado
Régimen de obligaciones del creador de mercado
Marco regulatorio que impone a los creadores de mercado designados la obligación de cotizar de forma continua precios de compra y venta y de proveer liquidez, con exenciones en situaciones de volatilidad extrema o condiciones de baja liquidez.
Las obligaciones de los creadores de mercado existen bajo el Artículo 17 de MiFID II (UE), la Regla 10b-6 de la SEC (EE. UU.) y regímenes equivalentes a nivel global. Estas normativas exigen que los creadores de mercado designados mantengan cotizaciones ejecutables a diferenciales y tamaños mínimos especificados durante el horario regular de negociación. Las infracciones conllevan sanciones regulatorias, multas y posibles suspensiones. Para las plataformas de vigilancia de operaciones con información privilegiada, los patrones de cotización de los creadores de mercado sirven como señal base de microestructura, cuyas desviaciones pueden indicar filtración de información o manipulación.
Las exenciones y mecanismos de alivio permiten a los creadores de mercado retirarse de la cotización durante periodos de volatilidad extrema, ampliación de diferenciales o cuando la cotización principal experimenta disfunciones técnicas. Estas excepciones son críticas para los sistemas cuantitativos de puntuación, ya que generan ruido legítimo de microestructura que debe filtrarse del comportamiento de cotización impulsado por operaciones con información privilegiada. El monitoreo de las marcas de tiempo y la frecuencia de las retiradas de cotización en la población de creadores de mercado revela regímenes de estrés y puede correlacionarse con la concentración de actividad de negociación informada.